Constitucional Tesis Aislada

DERECHO DE PETICIÓN. PARA DETERMINAR, CON PERSPECTIVA DE ORIENTACIÓN SEXUAL, SI LA RESPUESTA RECAÍDA A UNA SOLICITUD SE BASÓ EN PREJUICIOS Y ESTEREOTIPOS O EN UNA APROXIMACIÓN OBJETIVA A LOS HECHOS, ES NECESARIO ANALIZAR LOS CONTEXTOS OBJETIVO Y SUBJETIVO DEL CASO.

Tribunal Colegiado de Circuito

Resumen

Hechos: Un secretario de tribunal del Poder Judicial de la Federación fue readscrito a un órgano jurisdiccional de nueva creación. Al considerar que ello fue un acto de represalia y discriminación por su orientación sexual interpuso una queja, la cual se remitió al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Ante la falta de respuesta a su denuncia promovió amparo indirecto. Dicho Consejo emitió la resolución respectiva en la que determinó que conforme a los hechos denunciados no había indicios de discriminación. El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio respecto de la omisión reclamada y negó el amparo contra la respuesta. En revisión argumentó que el órgano jurisdiccional omitió resolver atendiendo al Protocolo para Juzgar con perspectiva de orientación sexual, identidad y expresión de género y características sexuales, emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito establece que para determinar, con perspectiva de orientación sexual, si la respuesta recaída a una petición se basó en prejuicios y estereotipos o en una aproximación objetiva a los hechos, es necesario analizar tanto el contexto objetivo del caso, que reconoce la histórica discriminación contra la comunidad LGBTI+, como el contexto subjetivo que puede revelar si una persona integrante de dicho grupo se encontraba en una situación de desventaja o, por el contrario, ejercía facultades de mando. Justificación: Conforme al referido Protocolo los órganos jurisdiccionales deben analizar ambos contextos, objetivo y subjetivo, para identificar situaciones de poder, desigualdad o violencia por prejuicio que puedan afectar la igualdad entre las partes. Cuando se analiza una presunta violación al derecho de petición de una persona perteneciente a un grupo históricamente discriminado, como es la comunidad LGBTI+, la persona juzgadora debe hacer un pronunciamiento expreso sobre la aplicación del Protocolo, con el propósito de determinar si l...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aislada
Numero de resolucion
I.13o.A.6 A (11a.)
Fecha de resolucion
5 de septiembre de 2025

Organo emisor

Tribunal
Tribunal Colegiado de Circuito
Sala
Tribunales Colegiados de Circuito
Ponente
Aideé Pineda Núñez
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
I.13o.A.6 A (11a.)