Tesis Aisladas

<p>DERECHOS DE PROPIEDAD Y USUFRUCTO DE UNA PARCELA. NO PUEDEN LIMITARSE CON BASE EN EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR, SI SE SIGUIERON LAS FORMALIDADES ESENCIALES PARA SU TRANSMISIÓN.</p>

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Resumen

<p>De conformidad con el marco constitucional y legal que rige al derecho agrario, no pueden limitarse los derechos de propiedad y usufructo de una parcela, con base en el interés superior del menor, si se siguieron las formalidades esenciales para su transmisión, previstas en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="96|7|187-" >17 de la Ley Agraria</a>, pues se sobrepasarían los límites constitucionales, al privilegiar los derechos del menor y desatender la aplicación estricta de las leyes que conforman el ordenamiento jurídico mexicano, por lo que se emitirían sentencias carentes de sustento en la ley especial, lo que es contrario a los principios de seguridad jurídica y legalidad que deben revestir, como lo establecen los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|247|150-130|247|170-" >14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>.</p><br><p>QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
18 de marzo de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Pablo Domínguez Peregrina
Epoca
Décima Época