Tesis Aisladas

<p>DICTÁMENES PERICIALES. LA OMISIÓN DE RATIFICAR LOS RENDIDOS POR LOS PERITOS OFICIALES SE CONVALIDA, SI ÉSTOS, EN LA JUNTA DE PERITOS CORRESPONDIENTE, SOSTIENEN LA POSTURA QUE PLASMARON EN AQUÉLLOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUINTANA ROO ABROGADA).</p>

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Resumen

<p>Atento al criterio establecido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 1a./J. 7/2005, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXI, abril de 2005, página 235, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/178750" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>DICTÁMENES PERICIALES. PARA SU VALIDEZ DEBEN SER RATIFICADOS POR QUIENES LOS EMITEN, INCLUSO POR LOS PERITOS OFICIALES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TLAXCALA)</a>.", la ratificación de los dictámenes periciales hace digna de crédito la prueba y, consecuentemente, susceptible de analizarla y valorarla, pues existe la posibilidad de que el juicio pericial se emita por una persona distinta de la designada o que pueda sustituirse o alterarse sin que tenga conocimiento el perito nombrado; por lo que ante la omisión de ratificar dicha probanza, aun tratándose de peritos oficiales, constituyen pruebas imperfectas y, por ende, carecen de valor; sin embargo, si al celebrarse la junta de peritos prevista en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200836|1|24-" >167 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Quintana Roo</a> abrogado, el perito oficial sostiene la postura plasmada en su respectivo dictamen pericial, la aludida omisión de ratificarlo se convalida, pues al reconocer ante la autoridad judicial la emisión del dictamen, no deja lugar a dudas que fue él quien lo emitió y no otra persona, ni que éste fue sustituido o alterado sin su consentimiento.</p><br><p>TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
22 de abril de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Jorge Mercado Mejía
Epoca
Décima Época