Tesis Aisladas

<p>DISCRIMINACIÓN INDIRECTA. LOS DATOS ESTADÍSTICOS PUEDEN SER SIGNIFICATIVOS Y FIABLES PARA ACREDITAR ESTE TIPO DE TRATO CONTRA LA MUJER. </p>

2

Resumen

<p>La discriminación de trato, ya sea respecto de normas o actos, puede acontecer tanto de manera directa como indirecta. Así, la "discriminación directa" se produce cuando, en una situación análoga, las personas reciben un trato menos favorable que otras debido a su condición personal diferente por alguna causa relacionada con un motivo prohibido. Por ejemplo, cuando el trato diferente se encuentra fundado expresamente en cuestiones de género, se entiende que se está frente a una discriminación directa. En cambio, la discriminación indirecta significa que las leyes, las políticas o las prácticas públicas o privadas son neutras en apariencia, pero perjudican de manera desproporcionada a un determinado grupo o clase de personas. Así, puede existir discriminación indirecta contra la mujer cuando las leyes, las políticas y los programas se basan en criterios que aparentemente son neutros desde el punto de vista del género pero que, de hecho, repercuten negativamente en la mujer. En ese sentido, la discriminación indirecta contra la mujer tiene lugar cuando una ley, una política, un programa o una práctica "parece ser neutra por cuanto se refiere tanto a los hombres como a las mujeres, pero en la práctica tiene un efecto discriminatorio contra la mujer". Por tanto, en la determinación del impacto discriminatorio de las leyes, actos o políticas públicas, este Tribunal Constitucional considera que la utilización de datos estadísticos puede ser significativa y fiable para acreditar un tipo de discriminación indirecta, en tanto que, precisamente, con tal acervo puede advertirse la existencia de una afectación generalizada o desproporcional contra las mujeres, con motivo de un determinado acto de autoridad, política o norma, pese a que éstas se hayan formulado de manera “neutral”, desde el punto de vista del género.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
17 de mayo de 2019

Organo emisor

Tribunal
2
Sala
2
Ponente
Alberto Pérez Dayán
Epoca
Décima Época