Tesis Jurisprudenciales

<p>DOCUMENTO PRIVADO DE COMPRAVENTA. PARA EFECTOS DE ACREDITAR EL INTERÉS JURÍDICO DE QUIEN SE OSTENTA COMO PROPIETARIO DE UN INMUEBLE EN UN JUICIO DE AMPARO, ADQUIERE FECHA CIERTA CON EL FALLECIMIENTO DE CUALQUIERA DE SUS TESTIGOS FIRMANTES.</p>

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Resumen

<p>La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 52/97, de la cual derivó la jurisprudencia 1a./J. 46/99, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/192662" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>INTERÉS JURÍDICO EN EL AMPARO, INEFICACIA DEL CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE FECHA INCIERTA, PARA ACREDITARLO</a>.",¹ determinó que los documentos privados, no objetados, en los que constan actos traslativos de dominio de bienes inmuebles, surten plenos efectos probatorios cuando sean de fecha cierta, lo que ocurre: 1) a partir del día en que se celebran ante fedatario o funcionario público autorizado; 2) desde que se inscriban en el Registro Público de la Propiedad; y, 3) a partir de la muerte de cualquiera de los firmantes. Ahora bien, esta última expresión no debe interpretarse en sentido restrictivo, esto es, como referente sólo a las partes que con su firma manifestaron su voluntad de transmitir y adquirir la propiedad de un bien raíz, sino que también abarca a quienes lo suscribieron exclusivamente en su calidad de testigos, pues el concepto de "fecha cierta" de un documento privado por fallecimiento de quien lo suscribió, deriva de la imposibilidad física de que puedan suscribirlo en fecha posterior a su deceso y anterior al acto de autoridad reclamado en amparo; por lo que dada la mayor certeza que ese aspecto aporta sobre la fecha de celebración del acto traslativo del inmueble que obre en un documento privado, este último es apto para acreditar el interés jurídico de quien se ostente como su propietario en un juicio de amparo.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
19 de agosto de 2016

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
Norma Lucía Piña Hernández
Epoca
Décima Época