Tesis Aisladas

<p>DOLO EVENTUAL EN EL HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA. SE ACTUALIZA SI DICHO DELITO SE COMETE CONTRA UN GRUPO DE POLICÍAS A QUIENES EL SUJETO ACTIVO LANZÓ PETARDOS Y "BOMBAS MOLOTOV", CON LOS QUE PUDO LESIONARLOS, INCLUSO, PRIVARLOS DE LA VIDA, PERO SIN LA INTENCIÓN DE PROVOCAR UN DAÑO EN PARTICULAR A ALGUNO DE ELLOS (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).</p>

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Resumen

<p>Cuando de los hechos se advierta que el sujeto activo lanzó contra un grupo de policías, petardos y "bombas molotov" con los que pudo lesionarlos, incluso, privarlos de la vida, pero no tiene la intención de provocar un daño en particular a alguno de ellos, se actualiza su actuar a título de dolo eventual, pues aunque se represente la posibilidad de ese resultado dañoso previsto en la ley, que lo representa como posible o contingente, y aunque no lo quiere directamente, por no constituir el fin de su acción u omisión, lo acepta. Pero además, si con ese actuar, sólo alguno de estos servidores públicos resulta lesionado, es posible comprobar un delito tentado únicamente respecto de los lesionados y no en relación con los demás, al no darse en parte o totalmente los actos ejecutivos y ponerse en peligro el bien jurídico tutelado, lo que genera una atipicidad en términos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="25361|61|213-" >29, fracción II, del Código Penal para el Distrito Federal</a>, ya que concebirlo de otra manera sería atribuirle y sancionarlo por un delito tentado respecto de todos y cada uno de los policías que estuvieren presentes, lo que resulta inconcebible.</p><br><p>TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
29 de mayo de 2015

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Ricardo Ojeda Bohórquez
Epoca
Décima Época