<p>DONACIONES ENTRE CÓNYUGES. LAS ACUSACIONES DE VIOLENCIA FAMILIAR CUANDO NO SE JUSTIFIQUEN CON LAS PRUEBAS CORRESPONDIENTES, SON APTAS PARA SU REVOCACIÓN.</p>
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Resumen
<p>El artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="25996|106|18441-" >2370, fracción I, del Código Civil para el Distrito Federal</a>, aplicable para la Ciudad de México, prevé la revocación de donaciones por ingratitud, si el donatario comete algún delito contra la persona, la honra o los bienes del donante o de los ascendientes, descendientes o cónyuge de éste. Al respecto, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la jurisprudencia, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/165034" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>DONACIÓN. SU REVOCACIÓN POR CAUSA DE INGRATITUD, SE DEMUESTRA MEDIANTE LA PRUEBA DE LA COMISIÓN DE UN ILÍCITO O DELITO CIVIL POR EL DONATARIO EN AGRAVIO DEL DONANTE, SUS FAMILIARES, CÓNYUGES O BIENES. POR LO QUE PARA LA PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN CORRESPONDIENTE NO ES NECESARIA LA PREEXISTENCIA DE SENTENCIA CONDENATORIA PENAL</a>." (Registro digital: 165034. Primera Sala. Jurisprudencia 1a./J. 104/2009, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, marzo de 2010, materia civil, página 261), donde se razonó que el fundamento de la revocación son los actos ilícitos que, aun sin serlo en el terreno criminal, sí lo son en el ámbito del derecho privado. Aplicando estas directrices (de los ilícitos atípicos en el ámbito civil) a las acusaciones de violencia familiar no demostradas y sus consecuencias tratándose de donaciones, puede considerarse, en principio, que: (i) las acusaciones de violencia familiar son una acción permitida por el ordenamiento jurídico que genera una serie de consecuencias desde distintos ámbitos implementados por el Estado como garantías para la protección de las víctimas (que trasciende, incluso, a los servidores públicos encargados de llevar a cabo las acciones necesarias para ello); (ii) una acusación de
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 5 de octubre de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Francisco J
- Epoca
- Décima Época