<p>EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS A UNO DE LOS TERCEROS INTERESADOS EN UN JUICIO DE AMPARO EN MATERIA LABORAL. LA OMISIÓN DEL QUEJOSO DE ACREDITAR HABERLOS ENTREGADO PARA SU PUBLICACIÓN CONDUCE AL SOBRESEIMIENTO AUNQUE SE HAYA PODIDO EMPLAZAR A LOS RESTANTES.</p>
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Resumen
<p>Conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|54-" >27, fracción III, inciso b), segundo párrafo, de la Ley de Amparo</a>, cuando tenga que emplazarse al tercero interesado por edictos, el quejoso debe recogerlos, entregarlos para su publicación y acreditar ante el órgano jurisdiccional su entrega, dentro del plazo de 20 días siguientes al en que surta efectos la notificación del acuerdo que los puso a su disposición, de no cumplir con lo anterior, se sobreseerá en el juicio, dado que los terceros interesados como "parte" deben ser emplazados como presupuesto procesal para dictar una sentencia válida que pueda perjudicarles. Por otra parte, de los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|34|6765-410|34|6772-410|34|6779-410|34|6786-410|34|6793-410|34|6807-410|34|6814-410|34|6821-410|34|6828-410|34|6835-410|34|6842-410|34|6849-410|34|6856-410|34|6863-410|34|6877-410|34|6884-410|34|6891-410|34|6898-410|34|6905-410|34|6912-410|34|6919-410|34|6954-" >870 a 891 de la Ley Federal del Trabajo</a> se advierte que el proceso laboral se rige por los principios de unidad e indivisibilidad, ya que deben resolverse en un solo laudo todos los puntos que integran la litis, sin que sea dable admitir la coexistencia de dos resoluciones de esa índole que diluciden parcialmente la controversia. Por lo anterior, cuando en un juicio laboral exista pluralidad de actores o demandados, si les resulta a una de esas partes el carácter de terceros interesados en los juicios de amparo que promueva su contraparte, todos deben ser emplazados, de tal suerte que si el quejoso no acreditó haber entregado para su publicación los edictos de uno de ellos, debe sobreseerse en el juicio aunque se haya emplazado a otros, ya que no podría analizarse el acto reclamado de manera parcial por lo que hace al quejoso
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 30 de junio de 2017
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Juan Ramón Rodríguez Minaya
- Epoca
- Décima Época