Civil Tesis Aislada

EMPLAZAMIENTO A PERSONAS MORALES EN OFICINAS EQUIPADAS ALQUILADAS PARA ACTIVIDADES EMPRESARIALES. ES LEGAL EL PRACTICADO CON LOS EMPLEADOS DE LA PRESTADORA DE SERVICIOS CUANDO COMPRENDA LA RECEPCIÓN Y/O MANEJO DE LA CORRESPONDENCIA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 117 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).

Tribunal Colegiado de Circuito

Resumen

Hechos: Una persona física demandó en la vía oral civil de una persona moral el cumplimiento forzoso de un contrato de prestación de servicios profesionales y mediación inmobiliaria. Con posterioridad a ser declarada en rebeldía, la demandada promovió incidente de nulidad del emplazamiento que se declaró infundado por el Juez responsable. En la demanda de amparo contra la interlocutoria correspondiente se reclamó que el domicilio en donde se practicó el emplazamiento corresponde a una persona moral distinta, así como que la persona física con la que se entendió la diligencia no es la representante legal ni trabaja para la quejosa (demandada). Criterio jurídico: La interpretación evolutiva y funcional del artículo 117 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal , aplicable para la Ciudad de México, lleva a establecer que es legal el emplazamiento practicado a personas morales en oficinas equipadas alquiladas para actividades empresariales por conducto de los empleados de la prestadora de servicios cuando comprenda la recepción y/o manejo de la correspondencia dirigida a las demandadas. Justificación: La globalización económica ha impuesto nuevos modelos de negocios en relación con los espacios para que las personas morales desarrollen su objeto social en cuanto a su domicilio. Conforme al artículo 33 del Código Civil para el Distrito Federal , aplicable para la Ciudad de México, las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración, mientras que las sucursales que operen en lugares distintos de donde radica la casa matriz tendrán su domicilio en esos lugares para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por las mismas sucursales. Cuando esta disposición se creó el legislador no estuvo en aptitud de considerar el fenómeno consistente en la renta de espacios que funcionan específicamente como oficinas equipadas con todo lo necesario para desarrollar actividades empresariales de las personas morales,...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aislada
Numero de resolucion
I.4o.C.56 C (11a.)
Fecha de resolucion
14 de noviembre de 2025

Organo emisor

Tribunal
Tribunal Colegiado de Circuito
Sala
Tribunales Colegiados de Circuito
Ponente
Fernando Cruz Ventura
Epoca
Duodecima Epoca
Tesis
I.4o.C.56 C (11a.)