Tesis Aisladas

<p>ESTÍMULO FISCAL CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 224-A DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, VIGENTE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013. EL PROCESO LEGISLATIVO QUE LO MODIFICÓ, SE SOPORTÓ CON MOTIVACIÓN ORDINARIA.</p>

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Resumen

<p>En la tesis <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/164327" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>1a. XCIII/2010</a>, (1) se sostuvo que la motivación en el proceso legislativo respecto de los estímulos fiscales es la denominada ordinaria, por lo que su análisis debe ser flexible, en atención a la libertad configurativa que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce a favor del legislador en materia fiscal. Así, partiendo de una ponderación laxa se concluye que los motivos expuestos en el proceso legislativo que modificó el estímulo fiscal contenido en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="22690|24|500-" >224-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta</a>, vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, son suficientes para considerar constitucionalmente válida su modificación, sin que sea óbice a lo anterior, que del referido proceso legislativo se adviertan consideraciones tendentes a evidenciar la eliminación del estímulo fiscal aplicable a las sociedades inmobiliarias de bienes raíces, pues esa consideración debe respetarse en atención a la libertad de configuración con que cuenta el creador de la norma, so pena de sustituir la competencia legislativa del Congreso de la Unión para determinar cuál o cuáles serían los aspectos que podrían justificar la abrogación del estímulo fiscal de las sociedades inmobiliarias de bienes raíces.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
25 de agosto de 2017

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
Epoca
Décima Época