<p>EVALUACIONES DE CONTROL DE CONFIANZA DE LA POLICÍA FEDERAL. SON VIGENTES POR 2 AÑOS AQUELLAS EN LAS QUE UNO DE SUS INTEGRANTES OBTUVO EL RESULTADO DE "NO CUMPLE" (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO SEXTO DEL ACUERDO A TRAVÉS DEL CUAL SE PRETENDE REGULAR EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DE LA POLICÍA FEDERAL QUE NO ASISTAN O SE RETIREN DE LAS EVALUACIONES DE CONTROL DE CONFIANZA ASÍ COMO LA VIGENCIA DE DICHAS EVALUACIONES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 23 DE
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Resumen
<p>El mencionado artículo no contiene norma explícita acerca de la vigencia de las evaluaciones de control de confianza practicadas a los integrantes de la Policía Federal para definir su permanencia en la institución cuando obtienen el resultado "no cumple"; de ahí que para definirla es necesario considerar que el precepto en cuestión sólo autoriza que las evaluaciones de control de confianza tengan vigencia por 2 años, por 1 año o que no tengan vigencia. Ahora bien, la hipótesis de los 2 años debe considerarse la regla general, al ser aplicable a casos que involucran a cualquiera de los tipos de sujetos que pueden ser examinados (integrantes de la Policía Federal y aspirantes a integrarla), de los supuestos de hecho que motivan la evaluación (ingreso, permanencia, promoción y licencia oficial colectiva de portación de armas de fuego) y de los posibles resultados del examen ("cumple" o "no cumple" con el perfil). En cambio, la vigencia de 1 año y la falta de vigencia son casos de excepción circunscritos a hipótesis particulares plenamente detalladas en la norma, que no pueden hacerse extensivas a situaciones diversas de las expresamente previstas; en consecuencia, es necesario ubicar dentro de la regla general a las evaluaciones de control de confianza en las que un integrante de la Policía Federal obtuvo el resultado de "no cumple", por lo que éstas tienen vigencia de 2 años.</p><br><p>PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 21 de agosto de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 50
- Sala
- 50
- Ponente
- Guadalupe Ramírez Chávez
- Epoca
- Décima Época