Tesis Aisladas

<p>EXTINCIÓN DE DOMINIO. PARA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN CON BASE EN QUE EL BIEN ES "PRODUCTO" DEL DELITO, NO SE REQUIERE QUE EL PROPIETARIO AFECTADO HAYA ESTADO INVOLUCRADO EN LA COMISIÓN DE LOS HECHOS ILÍCITOS.</p>

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Resumen

<p>Respecto de la <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|247|230-" >fracción II del artículo 22 constitucional</a>, esta Primera Sala ha sostenido que contiene cuatro incisos, a saber: el inciso a) que regula la premisa general, esto es, establece que procede la acción de extinción de dominio respecto de bienes que hayan sido instrumento, objeto o producto del delito; el inciso b) se refiere a casos en los que los bienes son utilizados o destinados a ocultar o mezclar bienes producto del delito; el inciso c) corresponde al caso en que los bienes estén siendo utilizados para la comisión de delitos por un tercero, si su dueño tuvo conocimiento de ello y, finalmente, el inciso d) regula el caso de los bienes que estando intitulados a nombre de terceros, existan elementos suficientes para determinar que son producto de delitos patrimoniales o de delincuencia organizada y el acusado por esos delitos se comporte como dueño. De manera que los elementos para la procedencia de la acción son diferentes en cada caso, según la causa que origine la pretensión de extinción del dominio. En ese entendido, no es correcto que si el Ministerio Público ejerce la acción con base en que el bien es "producto" del delito, sólo puede ser ejercida en contra del procesado por la comisión del delito, ya que se pueden presentar adicionalmente las hipótesis previstas en los incisos c) o d), las cuales tienen lugar cuando el propietario del bien objeto de la acción es una persona distinta a quien usaba el bien y está siendo procesado por la participación en los hechos ilícitos que determina el artículo 22 constitucional. Esto es, en todas las hipótesis a que se refiere el inciso a) de dicho artículo -bien producto, objeto o instrumento del delito-, puede presentarse adicionalmente alguna de las hipótesis referidas en los incisos c) o d), es decir, que quien aparezca como propietario del bien sea una persona distin

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
1 de abril de 2016

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
Jorge Mario Pardo Rebolledo
Epoca
Décima Época