<p>PROCEDIMIENTO DE EXTRADICIÓN PASIVO A ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. EN SU TRÁMITE Y SUSTANCIACIÓN, ES INAPLICABLE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL.</p>
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Resumen
<p>En un procedimiento especial de extradición pasivo, es decir, en el que México es requerido por otro país para llevar a cabo la extradición, el marco legal aplicable está delimitado, por ello, tratándose de una petición formal de extradición en la que el Estado requirente es Estados Unidos de América, conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|1240-" >119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, el ordenamiento rector que regula el procedimiento respectivo es el Tratado de Extradición celebrado entre aquel país y los Estados Unidos Mexicanos, sin que en un principio le sea exigible el cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Extradición Internacional, ya que cuando existe un tratado firmado por nuestro país, debe estarse únicamente a los requisitos que dicho documento exige, en términos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="10|5|30-" >1</a> de esa ley. Empero, el propio convenio internacional mencionado, en su artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100045|2|10-" >13</a>, otorga la oportunidad de que el trámite y la sustanciación del procedimiento extraditorio (después de que se presentó la petición formal y hasta el dictado de la resolución definitiva), sean de conformidad con la legislación de la parte requerida, la cual dispondrá los procedimientos internos necesarios para dar curso a la solicitud de extradición de la parte requirente. En ese sentido, acorde con los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="10|5|190-10|5|200-10|5|210-10|5|220-10|5|230-10|5|240-10|5|250-10|5|260-10|5|270-10|5|280-10|5|290-10|5|300-10|5|310-10|5|320-" >17 a 30 de la Ley de Extradici
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 19 de octubre de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Francisco Javier Sarabia Ascencio
- Epoca
- Décima Época