Tesis Jurisprudenciales

<p>FRAUDE PROCESAL COMETIDO EN UN JUICIO NATURAL TRAMITADO ANTE UN JUEZ DE DISTRITO. EL COMPETENTE PARA CONOCER DE ESE DELITO, ES EL JUEZ DEL MISMO FUERO EN MATERIA PENAL (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).</p>

50

Resumen

<p>Conforme al artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|170-" >16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, todo acto de autoridad debe ser emitido por autoridad competente, esto es, por la que tiene facultades para ello, como garantía de los derechos fundamentales a la legalidad y a la seguridad jurídica de las personas. En este tenor, en términos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|1090-" >104, fracción I, constitucional</a> y <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="2569|31|1905-" >50, fracción I, incisos a) y b), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación</a>, cuando en un juicio natural tramitado ante un Juez de Distrito, alguna de las partes despliega una conducta posiblemente constitutiva del delito de fraude procesal previsto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="25361|78|2173-" >310 del Código Penal para el Distrito Federal</a>, aplicable para la Ciudad de México, también contenido en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="643|145|1788-" >231, fracción IV, del Código Penal Federal</a>, el Juez competente para conocer del delito relativo es el del mismo fuero en materia penal y no el del fuero local, en razón de que debe tomarse en cuenta que el sujeto pasivo del delito es la administración de justicia, que en el caso está representada por la autoridad judicial federal que tramita el juicio, en cuyas facultades constitucionales y legales incide directamente la conducta ilícita. Además, el bien jurídico tutelado que el legislador consideró valioso para ser protegido po

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
13 de abril de 2018

Organo emisor

Tribunal
50
Sala
50
Ponente
Miguel Ángel Medécigo Rodríguez
Epoca
Décima Época