Tesis Aisladas

<p>GARANTÍA DE AUDIENCIA EN JUICIO LABORAL. EFECTOS DE LA CONCESIÓN DEL AMPARO CUANDO SE DETERMINA LA ILEGALIDAD DEL EMPLAZAMIENTO DE QUIEN SE OSTENTA COMO TERCERO EXTRAÑO A JUICIO POR EQUIPARACIÓN.</p>

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Resumen

<p>En la jurisprudencia 1a./J. 67/2013 (10a.), de título y subtítulo: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2004274" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>PERSONA EXTRAÑA A JUICIO POR EQUIPARACIÓN. NO TIENE ESA CALIDAD EL QUEJOSO QUE CONOCE DE MANERA COMPLETA Y EXACTA LA EXISTENCIA DEL JUICIO AL QUE PRETENDE SER LLAMADO, AUNQUE NO HAYA COMPARECIDO A AQUÉL (ALCANCE DE LA JURISPRUDENCIA 3a./J. 18/92)</a>.", la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, definió que pierde el carácter de tercero extraño por equiparación el demandado que tiene conocimiento completo y exacto de la existencia del juicio seguido en su contra. Con base en esta premisa, es que al conceder el amparo a quien se ostenta con aquel carácter en un juicio laboral, resulta innecesario ordenar la práctica de un nuevo emplazamiento, a virtud de que con el conocimiento que del juicio de origen obtuvo en el amparo, el particular ya se encuentra en aptitud de apersonarse al mismo a defender sus intereses, con lo cual se colma la tutela del derecho fundamental de audiencia y, a la vez, se evita la utilización desleal del juicio de amparo. Así, a partir de la notificación que haga el Juez constitucional del acuerdo en que la autoridad responsable fija la nueva fecha señalada para la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, a que se refiere el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|34|6786-" >873 de la Ley Federal del Trabajo</a>, en cumplimiento al amparo otorgado, se tendrá como perfeccionado el conocimiento del demandado respecto del juicio de origen para todos los efectos legales, quien habrá de proceder de acuerdo a sus intereses.</p><br><p>CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
2 de diciembre de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Adriana García Jiménez
Epoca
Décima Época