<p>HECHO NOTORIO. LOS MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PUEDEN INVOCAR COMO TAL, LAS EJECUTORIAS EMITIDAS POR EL PLENO DE CIRCUITO O POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO DE SU ADSCRIPCIÓN. </p>
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Resumen
<p>Los Magistrados del Poder Judicial de la Federación, cuando integran tanto el Pleno de Circuito como el Tribunal Colegiado de Circuito del que son titulares, conforme al artículo <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/acuerdo/2615" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>4 del Acuerdo General 8/2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito</a>, cuando resuelven los asuntos que a cada órgano corresponda, pueden válidamente invocar, de oficio, como hechos notorios, en términos del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="129|13|689-" >88 del Código Federal de Procedimientos Civiles</a> de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las resoluciones que emitan como integrantes de uno u otro cuerpo jurisdiccional, como medio probatorio para fundar la ejecutoria de que se trate, sin que resulte necesaria su certificación para que obre en autos, bastando que se tenga a la vista dicha ejecutoria, pues constituye una facultad que les otorga la ley y que pueden ejercitar para resolver una contienda judicial, como lo sostuvo de manera semejante la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 27/97, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/198220" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>HECHO NOTORIO. LOS MINISTROS PUEDEN INVOCAR COMO TAL, LAS EJECUTORIAS EMITIDAS POR EL TRIBUNAL PLENO O POR LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA</a>.", que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, julio de 1997, página 117.</p><br><p>PLENO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 25 de enero de 2019
Organo emisor
- Tribunal
- 50
- Sala
- 50
- Ponente
- Jorge Sebastián Martínez García
- Epoca
- Décima Época