<p>HIDROCARBUROS. LA RESOLUCIÓN QUE PONE FIN AL PROCEDIMIENTO DE VALIDACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 105 DE LA LEY RELATIVA, ES IMPUGNABLE EN AMPARO INDIRECTO.</p>
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Resumen
<p>El procedimiento de validación previsto en el artículo citado, no es una controversia o proceso en el que dos partes intervengan en un litigio, en el cual manifiesten pretensiones opuestas, sino que se trata de un procedimiento en el que únicamente se verifica que el acuerdo alcanzado por las partes (contratista o asignatario y el propietario o titular de los terrenos, derechos o bienes que serán materia de uso, goce o afectación) cumpla con las formalidades previstas en la ley invocada, así como en las disposiciones aplicables, para el efecto de que se dé publicidad, pero no dirime una disputa entre dichas partes; por tanto, la resolución que pone fin al procedimiento de validación es un acto cuya naturaleza jurídica es semejante a una determinación surgida de una jurisdicción voluntaria y no a un proceso contencioso. Ahora bien, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al analizar el tema que se vincula con las diligencias de jurisdicción voluntaria, en la tesis de jurisprudencia 1a./J. 16/2013 (10a.), de título y subtítulo: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2003301" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. EL AMPARO INDIRECTO SÓLO PROCEDE CONTRA EL ACTO QUE PONGA FIN A LA DILIGENCIA SALVO QUE SE TRATE DE ACTOS INTERMEDIOS CUYA EJECUCIÓN SEA DE IMPOSIBLE REPARACIÓN</a>.", estableció que, por regla general, el amparo indirecto sólo procede contra el acto que ponga fin a la diligencia de jurisdicción voluntaria, una vez que se agoten los recursos o medios ordinarios de defensa que existan, salvo que se trate de actos de imposible reparación, supuesto en el cual el amparo indirecto procederá en contra de actos intermedios. Dicho criterio debe aplicarse, por analogía, al procedimiento de validación previsto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100776|1|212-" >105 de la Ley
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 16 de marzo de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Alejandro Sánchez López
- Epoca
- Décima Época