IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN. LA REGULACIÓN DIFERENCIADA DEL USO INDUSTRIAL DE AGUAS EN LA MINERÍA, CON RESPECTO A OTRO TIPO DE USOS, NO VULNERA DICHO PRINCIPIO AL ENCONTRAR UNA JUSTIFICACIÓN RAZONABLE.
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Resumen
Hechos: Diversas empresas titulares de concesiones para la explotación y exploración minera, promovieron juicio de amparo reclamando el Decreto de reforma legal en materia de concesiones mineras y de agua, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo de 2023. Se concedió el amparo por advertir violaciones en el proceso legislativo y, en contra de dicha decisión, se interpusieron sendos recursos de revisión de los que conoció la Suprema Corte de Justicia de la Nación al asumir su competencia originaria, quien revocó la resolución impugnada y analizó los conceptos de violación no estudiados. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la regulación diferenciada del uso industrial de aguas en la minería, con respecto a otro tipo de usos, no vulnera el principio de igualdad y no discriminación, pues encuentra una justificación razonable para el tratamiento y operatividad de las concesiones. Justificación: En virtud de la reforma legal en materia de concesiones mineras y de agua, el legislador estableció un capítulo específico en la Ley de Aguas Nacionales sobre el “Uso Industrial en la Minería”, en el que se regula, particularmente, el periodo de prórroga para las concesiones de agua y la imposibilidad de transmitir los derechos contenidos en títulos de concesión en materia de agua. Al respecto, de conformidad con la exposición de motivos, se advierte que la regulación diferenciada encuentra justificación en la medida en que, por un lado, se pretende proteger bienes jurídicos en materia ambiental y el aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos, por lo que el uso del agua para dichos fines debe ser regulado con el propósito de buscar su equilibrio, preservación y restauración, así como evitar su sobreexplotación, especialmente en regiones con escasez hídrica. Y, por otro, las modificaciones legales atienden a homologar con el nuevo régimen de la industria minera, específicamente respecto a las ...
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Jurisprudencia
- Numero de resolucion
- 1a./J. 221/2025 (11a.)
- Fecha de resolucion
- 29 de agosto de 2025
Organo emisor
- Tribunal
- Suprema Corte de Justicia de la Nacion
- Sala
- Primera Sala
- Ponente
- Jorge Mario Pardo Rebolledo
- Epoca
- Undecima Epoca
- Tesis
- 1a./J. 221/2025 (11a.)