<p>IMPUESTO PREDIAL. LAS UNIDADES HABITACIONALES PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS SON BIENES NACIONALES SUJETOS AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN Y, POR ENDE, ESTÁN EXENTAS DEL PAGO DE DICHA CONTRIBUCIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).</p>
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Resumen
<p>De la interpretación sistemática de los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|1200-" >115, fracción IV, incisos a) y c), primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a> y <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200289|6|25-" >125, primer párrafo, fracción I y segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México</a>, en relación con los diversos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100190|5|12-100190|5|14-100190|5|18-100190|5|20-100190|5|22-100190|5|34-100190|5|124-100190|5|126-100190|5|128-100190|5|238-" >3, fracción IV, 4, primer párrafo, 6, fracción XI, 7, 8, 14, 59, fracción III, 60, 61 y 116 de la Ley General de Bienes Nacionales</a>; <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="32514|9|17-32514|9|24-32514|9|136-32514|9|710-" >1o., 2o., fracciones IV, incisos a) y b) y V, 18, fracción XI y 100, fracciones II, inciso a) y IV a VII, de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas</a>, se colige que las unidades habitacionales propiedad de ese organismo son bienes nacionales sujetos al régimen de dominio público de la Federación, utilizados para los fines y propósitos de su objeto público, que es, entre otros aspectos, proporcionar prestaciones de carácter social y económico a los militares en activo y en retiro, lo cual incluye la "ocupación temporal de casas y departamentos, mediante cuotas de recuperación". Aunado a lo anterior, destaca que la función esencial que desempeñan las fuerzas armadas en nuestro país, implica llevar a cabo una movilización constante por todo el territorio nacional de los recursos humanos que las conforman. De ahí
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 21 de septiembre de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Víctor Manuel Méndez Cortés
- Epoca
- Décima Época