Tesis Aisladas

<p>INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. DEBE DECLARARSE FUNDADO EL INTERPUESTO POR EL ALBACEA DE LA SUCESIÓN DEL ACTOR, FALLECIDO ANTES DEL DICTADO DE LA SENTENCIA DEFINITIVA, PUES RESPECTO DE AQUÉL NO PUEDE HABER COSA JUZGADA.</p>

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Resumen

<p>Debe declararse fundado el incidente de nulidad de notificaciones interpuesto por el albacea de la sucesión del actor en el juicio contencioso administrativo federal, cuando el fallecimiento de aquél ocurrió antes de que se dictara la sentencia definitiva, ya que era humanamente imposible realizar notificación alguna, al no existir con quién entender una de tipo personal; de ahí que, en ese supuesto, no puede haber cosa juzgada respecto de quien se ostenta como tercero extraño a juicio por equiparación, pues de lo contrario, se dejaría a los herederos en total estado de indefensión.</p><br><p>TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
25 de noviembre de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Osmar Armando Cruz Quiroz
Epoca
Décima Época