Tesis Aisladas

<p>INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES. PRECLUSIÓN DEL DERECHO PARA PROMOVERLO. INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 67, 68 Y 69 DE LA LEY DE AMPARO.</p>

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Resumen

<p>De conformidad con la jurisprudencia 1a./J. 21/2002 y tesis aislada 1a. CCV/2013 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, abril de 2002, página 314, y Décima Época, Libro XXII, Tomo 1, julio de 2013, página 565, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/187149" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>PRECLUSIÓN. ES UNA FIGURA JURÍDICA QUE EXTINGUE O CONSUMA LA OPORTUNIDAD PROCESAL DE REALIZAR UN ACTO</a>.", así como de título y subtítulo: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2004055" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>PRECLUSIÓN DE UN DERECHO PROCESAL. NO CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE JUSTICIA PRONTA, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS</a>.", respectivamente, se tiene que la preclusión, como principio que rige a todo proceso o procedimiento jurisdiccional, implica una sanción que da seguridad e irreversibilidad a su desarrollo, por constituir la pérdida, extinción o consumación de una facultad procesal de las partes, que no fue ejercida oportunamente y, por lo cual, sus distintas etapas adquieren firmeza jurídica, dando así sustento a las fases subsecuentes o posteriores, pues fija un límite a la posibilidad de discusión de algún punto ya determinado. Ahora bien, la intelección de los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|2|134-100683|2|136-100683|2|138-" >67, 68 y 69 de la Ley de Amparo</a> revelan que el legislador concedió a las partes la posibilidad de pedir la nulidad de notificaciones, tanto antes como después del dictado de la sentencia, a través de la promoción de un incidente que se tramita sin suspensión del procedimiento, y estableció como r

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
11 de marzo de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Gerardo Dávila Gaona
Epoca
Décima Época