<p>INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA. CONTROL CONSTITUCIONAL DEL ARBITRIO JUDICIAL (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).</p>
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Resumen
<p>En amparo directo, para verificar el respeto a los derechos humanos del sentenciado en lo relativo a la individualización de la pena, debe analizarse si la autoridad responsable llevó a cabo un pronunciamiento fundado y motivado en ese tema, aun ante la falta de conceptos de violación, por lo que se debe verificar si dicha autoridad expuso el análisis de los elementos contemplados en los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="25361|71|500-25361|71|514-" >70 y 72 del Código Penal para el Distrito Federal</a>, aplicable para la Ciudad de México, y si señaló las razones para establecer el grado de culpabilidad o si hizo suyos los argumentos del Juez de primera instancia que también deben cumplir con esos requerimientos, pues de no fundar y motivar ese grado, deberá concederse el amparo para efectos de que se cumpla con ese derecho humano, pero sin indicarle a la autoridad responsable cuál es el grado de culpabilidad que corresponde al sentenciado, porque esa determinación está reservada al arbitrio judicial de la autoridad de instancia que no es ilimitado, pues está sujeto al cumplimiento del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|251|170-" >16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, de manera que será la autoridad responsable quien debe establecer cuáles factores son los que le perjudican al acusado frente a los que le benefician y así fijar el grado de culpabilidad correspondiente, en virtud de que la fundamentación y motivación del grado de culpabilidad no se trata de sólo enumerar los factores establecidos en los numerales referidos del código penal de la ciudad, ya que lo relevante para el respeto al derecho humano contenido en el artículo constitucional citado, es el razonar de modo adecuado y exhaustivo la imposición de la pena en la sentencia, sin que es
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 30 de junio de 2017
Organo emisor
- Tribunal
- 50
- Sala
- 50
- Ponente
- Olga Estrever Escamilla
- Epoca
- Décima Época