Tesis Aisladas

<p>INMEDIATEZ PROCESAL. SU APLICACIÓN ESTÁ CONDICIONADA A QUE NO VIOLE, OBSTRUYA O SE CONTRAPONGA CON LOS PRINCIPIOS QUE DAN IDENTIDAD MATERIAL AL PROCESO PENAL (ABANDONO DE CRITERIOS EN CONTRADICCIÓN CON ESTA POSICIÓN). </p>

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Resumen

<p>El concepto de inmediatez procesal no es propiamente un principio rector del proceso penal y, por ello, sólo debe aplicarse de forma que no viole, obstruya o se contraponga con aquellos principios que sí dan una identidad material al proceso penal protegido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado Mexicano. Esta reinterpretación de la doctrina de inmediatez tiene como efecto limitar su relevancia práctica de manera significativa, sobre todo cuando se le compara con la que tuvo en el pasado. En ese sentido, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estima que en aras de brindar certeza en esta materia, deben dejar de aplicarse las tesis emitidas por la extinta Sala Auxiliar del Alto Tribunal, de rubros: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/245172" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>CONFESIÓN. PRIMERAS DECLARACIONES DEL REO</a>.", "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/245274" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>CONFESIÓN ANTE LA POLICÍA JUDICIAL</a>.", "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/245644" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>CONFESIÓN, RETRACTACIÓN DE LA</a>." y "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/245087" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>TESTIGOS, RETRACTACIÓN INEFICAZ DE LOS</a>.", así como las emitidas por la Primera Sala, de rubros: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/234166" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>CONFESIÓN. PRINCIPIO DE INMEDIATEZ. DEBIDA APLICACIÓN SEGÚN EL MOMENTO DE RENDIRSE</a>." e "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/236269" class="font-blue"

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
7 de diciembre de 2018

Organo emisor

Tribunal
1
Sala
1
Ponente
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena
Epoca
Décima Época