Tesis Aisladas

<p>INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. ATENTO A LOS PRINCIPIOS DE INDIVISIBILIDAD, UNIDAD Y COORDINACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, TIENE OBLIGACIÓN DE RESTITUIR JURÍDICA Y MATERIALMENTE LOS DERECHOS LABORALES DE SUS TRABAJADORES, AUN CUANDO LA SEPARACIÓN EN EL EMPLEO HAYA SIDO DETERMINADA POR SU ÓRGANO INTERNO DE CONTROL, QUE QUEDÓ SIN EFECTOS.</p>

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Resumen

<p>De los artículos 1, fracción IX, inciso d) y 82 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, se advierte que el órgano interno de control del citado ente asegurador forma parte de su estructura interinstitucional, y si bien de los numerales <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="292|14|70-292|14|650-" >5o. y 62 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales</a> se colige que los titulares de los órganos internos de control de las dependencias y entidades de la administración pública federal dependen jerárquica y funcionalmente de la Secretaría de la Función Pública, lo cierto es que al mismo tiempo conforman la estructura de dichas entidades, lo que se explica, pues en las relaciones con los servidores públicos y la propia administración pública federal, no existe un órgano, dependencia o entidad, sino una interrelación sistemática con sus órganos de control internos incorporados en cada unidad de trabajo como garantía para su buen funcionamiento y, por ello, lo que determinan estos últimos vincula a ambas (institución y órgano) y las hace corresponsables, de inicio, en lo relativo a las consecuencias relacionadas con responsabilidades administrativas de los empleados. Lo anterior es así, si se toman en cuenta los principios de indivisibilidad, unidad y coordinación de la administración pública federal, derivados de los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|251|950-130|251|1130-130|251|1180-" >90, 108 y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, de manera que quien sanciona en el ámbito administrativo a un servidor público o empleado del Instituto Mexicano del Seguro Social por incurrir en alguna falta de tal naturaleza, es su órgano interno de control, y quien ejecuta dicha sanción es el instituto aludido, que para el caso de a

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
7 de julio de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Jorge Sebastián Martínez García
Epoca
Décima Época