INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ. DEBER DEL TRIBUNAL LABORAL DE RECABAR DE OFICIO LAS PRUEBAS NECESARIAS EN CASOS EN QUE SE INVOLUCRE EL CESE DE UN TRABAJADOR POR AGRESIONES SEXUALES A INFANTES.
Tribunal Colegiado de Circuito
Resumen
Hechos: La madre de una niña informó a la directora de la escuela donde estudiaba su hija que ésta le narró que su maestro la había tocado debajo de su ropa interior. La Secretaría de Educación Pública (SEP) levantó el acta administrativa correspondiente y demandó la autorización para dar por terminados los efectos del nombramiento del profesor. La Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje determinó no autorizar la terminación del nombramiento porque la SEP no acreditó su acción, pues el acta administrativa que ofreció en juicio no fue ratificada por todos sus firmantes. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que tratándose de asuntos que involucren niñas, niños y adolescentes, no basta con que la persona juzgadora se atenga a las pruebas que aporten las partes en el juicio, sino que debe allegarse de toda la información necesaria para acercarse en la mayor medida posible a la verdad de los hechos; sólo así podrá valorar correctamente el asunto y no generar impactos injustificados en los derechos de niñas, niños y adolescentes, ni violentar el derecho a la estabilidad en el empleo de las personas trabajadoras. Justificación: En la jurisprudencia 1a./J. 30/2013 (10a.) , la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que con independencia de que la admisión de las pruebas ofrecidas por las partes es uno de los aspectos procesales más relevantes y que con mayor cuidado debe observar la persona juzgadora, tratándose de los procedimientos que directa o indirectamente trascienden a las infancias y a fin de velar por su interés superior, el órgano jurisdiccional está facultado para recabar y desahogar de oficio las pruebas necesarias para preservar dicho interés, así como practicar las diligencias que considere oportunas y pertinentes para el conocimiento de la verdad respecto de los derechos controvertidos. En casos en los que se analice el cese de un trabajador por agresiones sexuales a un infante, con fun...
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aislada
- Numero de resolucion
- I.2o.T.46 L (11a.)
- Fecha de resolucion
- 22 de agosto de 2025
Organo emisor
- Tribunal
- Tribunal Colegiado de Circuito
- Sala
- Tribunales Colegiados de Circuito
- Ponente
- María Guadalupe Adriana Ortega Ortiz
- Epoca
- Undecima Epoca
- Tesis
- I.2o.T.46 L (11a.)