Tesis Aisladas

<p>INTERESES MORATORIOS GENERADOS POR LA FALTA DE PAGO DE CUOTAS EXTRAORDINARIAS DE MANTENIMIENTO. NO OPERA LA PRESCRIPCIÓN NEGATIVA EN AQUÉLLOS (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).</p>

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Resumen

<p>Los intereses moratorios generados por la falta de pago de cuotas extraordinarias de mantenimiento, son distintos de los ordinarios o normales pactados por todo el tiempo que dura el contrato principal que se hubiera celebrado; ahora bien, al ser una indemnización moratoria no participan de la característica de ser una obligación periódica, pues no constituyen parte de las prestaciones periódicas asumidas con motivo de la celebración de un contrato; entonces, respecto de dichos intereses deducidos del incumplimiento, no procede la prescripción negativa a que se refiere el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="25996|108|9047-" >1162 del Código Civil para el Distrito Federal</a>, aplicable para la Ciudad de México, puesto que su existencia no deriva o se vincula con el cumplimiento de la obligación principal, por el contrario, emerge de la falta de satisfacción de ésta.</p><br><p>DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
12 de abril de 2019

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Martha Gabriela Sánchez Alonso
Epoca
Décima Época