Tesis Aisladas

<p>INTERPRETACIÓN CONFORME. EL ESTUDIO DE LOS ARGUMENTOS RELATIVOS ES PREFERENTE AL DE LOS DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LEYES, CUANDO AMBOS SE PROPONEN EN EL AMPARO O EN LOS RECURSOS DERIVADOS DE ÉSTE.</p>

7

Resumen

<p>En los juicios de amparo o en los recursos derivados de éstos en los que se propongan argumentos dirigidos a obtener la calificación de inconstitucionalidad de una disposición legal y, al mismo tiempo, a establecer un sentido interpretativo de dicho precepto que sea conforme con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es preferente el análisis de los segundos. En primer término, porque la determinación del significado de los enunciados normativos reclamados constituye un requisito lógico-necesario para efectuar el estudio posterior acerca de su compatibilidad con la Norma Suprema y, en segundo, pues de resultar fundados los planteamientos sobre el sentido interpretativo que debe atribuirse a la norma cuestionada, el promovente obtendría lo pretendido (aplicación del precepto cuestionado en la forma propuesta), con lo cual resultaría innecesario analizar los argumentos de inconstitucionalidad.</p><br><p>PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
13 de julio de 2018

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Patricio González-Loyola Pérez
Epoca
Décima Época