Tesis Aisladas

<p>JORNADA EXTRAORDINARIA. TRATÁNDOSE DE SERVIDORES PÚBLICOS CON CARGOS DE ALTO NIVEL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, SU RECLAMO ES IMPROCEDENTE.</p>

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Resumen

<p>De la interpretación sistemática de los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|245|1550-" >123, apartado B, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>; <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="410|34|451-410|34|465-410|34|472-410|34|514-410|34|521-410|34|528-410|34|3286-" >58, 60, 61, 66, 67, 68 y 423, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo</a>, en relación con los numerales <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="367|21|171-367|21|178-367|21|185-367|21|192-367|21|206-" >21, 22, 23, 24 y 26 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado</a>, se advierte la garantía que protege la jornada de trabajo y, por ende, el derecho de los empleados sujetos a un horario de trabajo a que sean retribuidos económicamente cuando sus labores excedan la jornada máxima legal; esto es, a que se les pague el tiempo extraordinario laborado. En cambio, el reclamo de horas extraordinarias, tratándose de servidores públicos con cargos de alto nivel en la administración pública federal, como son los directores de departamento de la Secretaría de Gobernación, es improcedente, ya que dichos servidores, para cumplir con las funciones encomendadas por el Estado, regidas por los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia previstos en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="23592|9|80-" >7 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos</a>, así como en el bien común, contenido en el Código de Ética de los Servidores Públicos de esa dependencia, por regla general, no están sujetos a un horario de trabajo, como el personal operativo, pues por su alt

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
11 de diciembre de 2015

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
J
Epoca
Décima Época