Tesis Aisladas

<p>JUBILACIONES Y PENSIONES. ES IMPROCEDENTE EL AMPARO INDIRECTO POR FALTA DE INTERÉS JURÍDICO, CONTRA LOS ARTÍCULOS DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS Y DE LA QUE REGULA A LOS TRABAJADORES QUE REFIERE LA FRACCIÓN II, APARTADO B, DEL ARTÍCULO 99 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA, AMBAS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, QUE MODIFICAN LAS CONDICIONES PARA ACCEDER AL RÉGIMEN RELATIVO, SI A LA FECHA DE SU PUBLICACIÓN OFICIAL -17 DE FEBRERO

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Resumen

<p>El juicio de amparo indirecto es improcedente contra los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="201110|1|22-201110|1|24-201110|1|26-201110|1|28-201110|1|30-201110|1|32-201110|1|34-201110|1|36-201110|1|38-201110|1|40-201110|1|42-201110|1|44-201110|1|46-201110|1|48-201110|1|50-201110|1|52-201110|1|54-201110|1|56-201110|1|58-201110|1|60-201110|1|62-201110|1|64-201110|1|66-201110|1|68-201110|1|70-201110|1|72-201110|1|74-201110|1|76-201110|1|78-201110|1|80-" >58 a 86 y quinto transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California</a>, así como <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="201111|1|16-201111|1|6-201111|1|18-201111|1|20-201111|1|22-201111|1|24-201111|1|26-201111|1|28-201111|1|30-201111|1|32-201111|1|34-201111|1|36-201111|1|38-201111|1|40-201111|1|42-201111|1|44-" >3, 7, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 19 y tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, noveno y décimo transitorios de la Ley que Regula a los Trabajadores que refiere la Fracción II, Apartado B, del Artículo 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, en Materia de Seguridad Social</a>, publicadas en el Periódico Oficial de la entidad el 17 de febrero de 2015, mediante los Decretos 204 y 203, respectivamente, ya que se actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|2|122-" >61, fracción XII</a>, en relación con los diversos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|2|10-100683|2|12-" >5o., fracción I y 6o.</a>, todos de la Ley de Amparo, cuando el quejoso los reclama porque modifican las condiciones

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
24 de junio de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Gerardo Manuel Villar Castillo
Epoca
Décima Época