<p>JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. ES INNECESARIO AGOTARLO ANTES DE ACUDIR AL JUICIO DE AMPARO PARA CONTROVERTIR UNA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS EN QUE NIEGUE A UNA ENTIDAD FINANCIERA LA ADHESIÓN AL PROGRAMA DE AUTOCORRECCIÓN.</p>
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Resumen
<p>De conformidad con los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100363|5|28-100363|5|30-" >14 y 15 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa</a>, las resoluciones definitivas susceptibles de impugnación ante el propio órgano jurisdiccional pueden identificarse: 1) por la materia que en ellas se aborde (fiscal federal, tratados internacionales para evitar la doble tributación, pensiones civiles y de miembros de las fuerzas armadas, comercio exterior, imposición de sanciones por infracciones a normas administrativas, interpretación de contratos de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y servicios, responsabilidad patrimonial del Estado, requerimiento de pago de garantías otorgadas a favor de la Federación, Distrito Federal, Estados y Municipios y responsabilidades administrativas de los servidores públicos); 2) por su naturaleza (resoluciones negativas fictas y recaídas a recursos administrativos que se relacionen con las materias antes mencionadas); o bien, 3) por el sustento normativo en que se funden (resoluciones definitivas dictadas con base en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo). Tratándose de actos administrativos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, por estar comprendidos dentro de la materia financiera, en tanto que ese organismo tiene encomendadas funciones de regulación de instituciones financieras frente a sus usuarios, por regla general, no les son aplicables las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de conformidad con su artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="2570|6|17-" >1, tercer párrafo</a>. De ahí que la resolución en que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros niegue a una entidad finan
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 4 de septiembre de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Joel Carranco Zúñiga
- Epoca
- Décima Época