Tesis Aisladas

<p>JUICIO ORAL MERCANTIL. AL ESTAR REGULADO EN UN TÍTULO ESPECIAL DEL CÓDIGO DE COMERCIO, ÉSTE SE RIGE POR SUS PROPIAS REGLAS Y, A FALTA DE ÉSTAS, LE SON APLICABLES LAS REGLAS GENERALES, SIEMPRE Y CUANDO NO SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN DICHO TÍTULO.</p>

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Resumen

<p>Si bien es cierto, que al estar regulados los juicios orales mercantiles dentro de un título especial denominado "Del juicio oral mercantil", deben observar las reglas especiales que rigen su procedimiento, también lo es que el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|58|12018-" >1390 Bis 8</a> contenido en el citado título especial, estipula que en las cuestiones no previstas, regirán las reglas generales del código indicado, en cuanto no se opongan a las disposiciones del título aludido. Sin embargo, para determinar la aplicabilidad de una regla general en el procedimiento oral mercantil, debe verificarse que no se controviertan los principios que lo rigen, a saber, la oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración.</p><br><p>TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
19 de agosto de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Gabriel Fernández Martínez
Epoca
Décima Época