Tesis Aisladas

<p>JUICIO ORAL MERCANTIL. LA REGLA GENERAL CONTENIDA EN EL ARTÍCULO <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|64|8221-" >1061, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO DE COMERCIO</a>, ES INAPLICABLE EN CUANTO A LOS DOCUMENTOS QUE DEBEN ANEXARSE A LA DEMANDA Y SU CONTESTACIÓN.</p>

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Resumen

<p>El artículo y fracción citados, a partir de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017, estableció que al primer escrito deberán acompañarse copias simples o fotostáticas del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), de la Clave Única de Registro de Población (CURP) tratándose de personas físicas, y de la identificación oficial del actor o demandado. No obstante, dicha fracción es inaplicable al juicio oral mercantil, en relación con los requisitos que deben cumplir los escritos de demanda y su contestación, pues si bien en términos del diverso artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|64|12018-" >1390 Bis 8</a>, en todo lo no previsto en el título especial "Del juicio oral mercantil", regirán las reglas generales del Código de Comercio; sin embargo, en el numeral <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|64|12024-" >1390 Bis 11</a>, en correlación con el diverso <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="467|64|12036-" >1390 Bis 17</a>, ambos del propio código, se establecen los requisitos que deben cumplirse al presentar la demanda y su contestación, esto es, se regula eficientemente la forma y exigencias que deben cumplir éstas; por consiguiente, en este caso, no se reúnen todos y cada uno de los requisitos necesarios para que opere la figura jurídica de la supletoriedad (en particular, el atinente a que la ley o regla a suplir no prevea la institución o las cuestiones jurídicas que pretenden aplicarse supletoriamente). Así pues, si en los preceptos citados en último término, no se establecen como requisitos de la demanda y, por ende, de su contestación, en el juicio oral mercantil, los atinentes a que el actor o el demandado anexen copias simples de los documentos de mérito; ent

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
12 de abril de 2019

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Fernando Octavio Villarreal Delgado
Epoca
Décima Época