Tesis Aisladas

<p>JUICIO ORDINARIO MERCANTIL. CUANDO SE ADJUDICÓ DE MANERA DIRECTA UN INMUEBLE EMBARGADO Y, POSTERIORMENTE, SE TRABA EMBARGO SOBRE EL MISMO BIEN, EN UN JUICIO LABORAL, NO PUEDE SUBSISTIR NI SER PREFERENTE, SI NO SE EFECTUÓ ANTES DE QUE SE FINCARA EL REMATE EN DIVERSO PROCEDIMIENTO.</p>

7

Resumen

<p>Cuando en un juicio ordinario mercantil, se adjudicó de manera directa un inmueble embargado y, posteriormente, se traba formal embargo sobre el mismo bien en un juicio laboral, la subsistencia del embargo practicado para garantizar un crédito de trabajo no puede subsistir ni ser preferente, porque esa preeminencia no es absoluta, sino que tiene como presupuesto indispensable, que el embargo exigible en ejecución de un laudo, se efectúe antes de fincarse el remate en diverso procedimiento.</p><br><p>PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
12 de agosto de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Rosa María Temblador Vidrio
Epoca
Décima Época