<p>JUNTA DE ARBITRAJE PARA LOS EMPLEADOS AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE OAXACA DE JUÁREZ. ES COMPETENTE PARA CONOCER DEL RECLAMO DE UN AGREMIADO DEL SINDICATO INDEPENDIENTE "3 DE MARZO" DE TRABAJADORES DE ESE AYUNTAMIENTO, QUE DEMANDA DE DICHA ORGANIZACIÓN SINDICAL EL PAGO DE UN DÍA DE SALARIO CON MOTIVO DE SU RETIRO, CONFORME AL ARTÍCULO 8o. DE SUS ESTATUTOS.</p>
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Resumen
<p>Si bien es cierto que de la interpretación gramatical del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200747|1|12-" >81, fracción II, de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del H. Ayuntamiento del Municipio de Oaxaca de Juárez</a>, se colige que la Junta de Arbitraje para los empleados de ese Ayuntamiento es competente para conocer de los conflictos entre sus sindicatos, también lo es que de una interpretación extensiva de éste (autorizada por el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|240|150-" >14, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>), se advierte que igualmente es competente para conocer de los conflictos intrasindicales, como lo es el relativo al reclamo de un agremiado del sindicato independiente "3 de marzo" de trabajadores del citado Ayuntamiento, que demanda de dicha organización sindical el pago de un día de salario, conforme al artículo 8o. de sus estatutos, interpretación que resulta acorde con el derecho humano de acceso efectivo a la justicia previsto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|240|180-" >17, segundo párrafo, de la Constitución Federal</a>, en relación con los numerales <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100175|1|34-" >10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos</a>; <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100161|1|20-" >14, numeral 1, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos</a>; y, <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100131|1|6-" >8, numeral 1, de
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 5 de junio de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Jaime Allier Campuzano
- Epoca
- Décima Época