<p>JURISPRUDENCIA. EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 217 DE LA LEY DE AMPARO, AL PREVER QUE AQUÉLLA NO PUEDE APLICARSE RETROACTIVAMENTE EN PERJUICIO DE "PERSONA ALGUNA", NO PUEDE BENEFICIAR A LAS AUTORIDADES.</p>
7
Resumen
<p>Nuestra legislación y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconocen tanto a las personas físicas, como a las morales como sujetos independientes de derechos y obligaciones, de acuerdo con el título segundo del libro primero del Código Civil Federal y conforme a la interpretación de protección más amplia que en materia de derechos humanos se autoriza en el <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|245|20-" >párrafo segundo del numeral 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>. En este sentido, debe entenderse que la expresión "persona alguna" contenida en el <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|2|434-" >último párrafo del artículo 217 de la Ley de Amparo</a>, el cual prevé que la jurisprudencia en ningún caso tendrá efecto retroactivo en su perjuicio, en relación con el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|2|2-" >1o.</a> del mismo ordenamiento, sólo es para las personas físicas y morales quienes, como particulares, vean transgredidos por los poderes públicos o autoridades, sus derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal o en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, así como las garantías establecidas para su protección. Por tanto, las autoridades no pueden beneficiarse de esa disposición legal y, en consecuencia, tampoco dolerse de la aplicación retroactiva en su perjuicio de un criterio jurisprudencial.</p><br><p>DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 9 de octubre de 2015
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- María Guadalupe Molina Covarrubias
- Epoca
- Décima Época