Tesis Aisladas

<p>JURISPRUDENCIAS O TESIS AISLADAS INVOCADAS EN LA DEMANDA DE NULIDAD. LA OMISIÓN DE PRONUNCIARSE DESTACADAMENTE RESPECTO DE ELLAS ES INSUFICIENTE PARA CONCEDER EL AMPARO SI SE ADVIERTE QUE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL TÁCITAMENTE CONSIDERÓ QUE NO ERAN APLICABLES (ABANDONO DE LA TESIS AISLADA <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/164574" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>VI.1o.A.290 A</a>).</p>

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Resumen

<p>La omisión de dilucidar expresamente la aplicabilidad de jurisprudencias y tesis aisladas por parte de un órgano jurisdiccional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, es insuficiente para otorgar el amparo y protección de la Justicia de la Unión si en la sentencia reclamada expuso razonamientos conforme a los cuales desestima los conceptos de impugnación que se pretenden robustecer con la invocación de aquéllas, pues ello implica que tácitamente consideró inaplicables esos criterios, sin que sea necesario que formule algún argumento destacado sobre el particular.</p><br><p>PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
26 de mayo de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Jorge Higuera Corona
Epoca
Décima Época