Tesis Aisladas

<p>JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADOS EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES. LES CORRESPONDE CONOCER DE LA OMISIÓN ATRIBUIDA AL SECRETARIO DE ECONOMÍA DE REGULAR LOS PRECIOS DE LA GASOLINA.</p>

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Resumen

<p>La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Pleno de Circuito de la materia y especialización señaladas, en las jurisprudencias 2a./J. 84/2016 (10a.) y PC.XXXIII.CRT. J/4 A (10a.), de títulos y subtítulos: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2012188" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADOS EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES. SON COMPETENTES PARA CONOCER, ENTRE OTROS SUPUESTOS, DE LOS ACTOS RECLAMADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA O AL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES</a>." y "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2008591" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>COMPETENCIA POR MATERIA DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO ESPECIALIZADOS EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES. DEBE DETERMINARSE ATENDIENDO PRIMORDIALMENTE AL ANÁLISIS OBJETIVO DE LA NATURALEZA DEL ACTO RECLAMADO</a>.", respectivamente, establecieron que la competencia por materia de los órganos jurisdiccionales señalados se actualiza no sólo en función del carácter formal de la autoridad responsable, sino también tratándose de actos u omisiones vinculados directa e indirectamente con las materias de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica, siempre que de la objetiva constatación de la naturaleza del acto reclamado se advierta la existencia de un vínculo con esa subespecialización. Además, de la interpretación del artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|251|1564-" >28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a> se colige que el derecho de la competencia económica no está acotado a actos que dimanen de procedimientos establecidos para proteger la competencia y libre concurrencia -c

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
12 de mayo de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Homero Fernando Reed Ornelas
Epoca
Décima Época