<p>LAUDOS DICTADOS EN UN JUICIO BUROCRÁTICO EN EL ESTADO DE JALISCO. PARA CUANTIFICAR LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS OBJETO DE CONDENA, ES APLICABLE SUPLETORIAMENTE EL ARTÍCULO 843 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.</p>
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Resumen
<p>Conforme a la jurisprudencia 2a./J. 34/2013 (10a.), de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "<a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2003161" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>SUPLETORIEDAD DE LAS LEYES. REQUISITOS PARA QUE OPERE</a>.", para que opere la supletoriedad de una ley es necesario que: a) El ordenamiento legal a suplir establezca expresamente esa posibilidad, indicando la ley o las normas que pueden aplicarse supletoriamente, o que un ordenamiento establezca que aplica, total o parcialmente, de manera supletoria a otros ordenamientos; b) La ley a suplir no contemple la institución o las cuestiones jurídicas que pretenden aplicarse supletoriamente o, aun estableciéndolas, no las desarrolle o las regule deficientemente; c) Esa omisión o vacío legislativo haga necesaria la aplicación supletoria de normas para solucionar la controversia o el problema jurídico planteado, sin que sea válido atender a cuestiones jurídicas que el legislador no tuvo intención de establecer en la ley a suplir; y, d) Las normas aplicables supletoriamente no contraríen el ordenamiento legal a suplir, sino que sean congruentes con sus principios y con las bases que rigen específicamente la institución de que se trate. Por su parte, el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200081|11|28-" >10 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios</a> prevé que en lo no provisto por dicha ley se aplicarán supletoriamente y, en su orden, los principios generales de justicia social, que derivan del numeral <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|251|1550-" >123, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 14 de julio de 2017
Organo emisor
- Tribunal
- 50
- Sala
- 50
- Ponente
- Elba Sánchez Pozos
- Epoca
- Décima Época