Común Jurisprudencia

LEGITIMACIÓN EN AMPARO DIRECTO EN MATERIA AGRARIA. LA TIENE EL ASESOR JURÍDICO PARTICULAR EN REPRESENTACIÓN DE SU ASESORADO (ALCANCE Y APLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 75/2008).

Suprema Corte de Justicia de la Nacion

Resumen

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si quien se ostentó como asesor jurídico particular en materia agraria tiene legitimación para promover amparo directo contra la sentencia del Tribunal Unitario Agrario, con base en la jurisprudencia 2a./J. 75/2008 . Mientras que uno estimó que sí la tiene; el otro consideró que dicha tesis no es aplicable, porque acotó las facultades de representación de los defensores o asesores de la Procuraduría Agraria. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, determina que el asesor jurídico agrario particular tiene legitimación para realizar cualquier acto necesario para la adecuada defensa de su asesorado, incluso la promoción del amparo directo. Justificación: Conforme a la jurisprudencia 2a./J. 75/2008, la persona designada por una de las partes como asesor o defensor en esa materia cuenta con facultades para realizar en el juicio agrario todos los actos procesales que exija la adecuada defensa de los intereses de su asesorado, pues es un auténtico representante al que le es conferido ese carácter, con base en la confianza que una de las partes le deposita. El artículo 179 de la Ley Agraria establece, por un lado, la libertad de decisión del sujeto de derecho agrario para otorgar a un tercero el carácter de asesor agrario y, por el otro, la igualdad procesal de designar a un defensor de la Procuraduría Agraria. Por ello, no debe existir diferencia de trato en cuanto a la legitimación para promover el amparo directo a nombre de su representado, pues tanto el asesor agrario como el defensor designado por el tribunal se encuentran facultados para realizar dentro del juicio agrario todos los actos procesales que exija la adecuada defensa de los intereses de su asesorado. Estimar lo contrario sería otorgar un trato asimétrico a los representantes de las partes en las contro...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Jurisprudencia
Numero de resolucion
PR.A.C.CS. J/18 A (11a.)
Fecha de resolucion
13 de junio de 2025

Organo emisor

Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Sala
Pleno
Ponente
Magistrada Rosa Elena González Tirado
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
PR.A.C.CS. J/18 A (11a.)