Común Jurisprudencia

LEGITIMACIÓN EN EL RECURSO DE QUEJA EN AMPARO INDIRECTO. CARECE DE ELLA LA AUTORIDAD RESPONSABLE CUANDO LA SUSPENSIÓN SE CONCEDIÓ RESPECTO DE ACTOS DE DIVERSA AUTORIDAD Y PARA EFECTOS QUE NO INCIDEN EN SUS FACULTADES.

Tribunal Colegiado de Circuito

Resumen

Hechos: Se concedió a la parte quejosa la suspensión de actos reclamados a diversa autoridad responsable y para determinados efectos, que no inciden en las facultades de la autoridad recurrente. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la autoridad responsable recurrente carece de legitimación para interponer el recurso de queja cuando la suspensión se concedió a la parte quejosa respecto de actos de diversa autoridad y para efectos que no inciden en sus facultades. Justificación: El artículo 97, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo prevé que el recurso de queja en amparo indirecto procede contra la resolución que conceda o niegue la suspensión de plano o la provisional. Para determinar la procedibilidad de dicho recurso no se debe atender al texto de ese precepto de manera aislada, sino que es indispensable que quien lo interponga se vea afectado directamente por la determinación recurrida. En ese contexto, si bien la autoridad recurrente fue señalada como responsable, lo cierto es que la suspensión de plano o provisional concedida de los actos reclamados, recurrida, no incide directamente en su esfera de atribuciones, ya que no se le ordena que realice o se abstenga de realizar alguna de las facultades que le corresponden, sino que la medida se concedió respecto de los actos reclamados a diversa autoridad responsable. QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Jurisprudencia
Numero de resolucion
III.5o.A. J/3 K (11a.)
Fecha de resolucion
26 de septiembre de 2025

Organo emisor

Tribunal
Tribunal Colegiado de Circuito
Sala
Tribunales Colegiados de Circuito
Ponente
Jorge Héctor Cortés Ortiz
Epoca
Duodecima Epoca
Tesis
III.5o.A. J/3 K (11a.)