<p>LIBERTAD CONDICIONAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 67 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO -EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL LOCAL EL 27 DE SEPTIEMBRE DE 2014-. NO ES HOMOLOGABLE CON EL DIVERSO BENEFICIO DE LA LIBERTAD PREPARATORIA ESTABLECIDO EN LA LEY DE EJECUCIÓN DE PENAS PRIVATIVAS Y RESTRICTIVAS DE LA LIBERTAD DE LA ENTIDAD (ABROGADA).</p>
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La libertad condicional es el beneficio penal mediante el cual una persona sentenciada cumple parte de su pena en libertad bajo supervision del juez de ejecucion. La Ley Nacional de Ejecucion Penal establece los requisitos: cumplimiento de cierta parte de la pena (entre la mitad y dos terceras partes segun el delito), buena conducta en reclusion, plan de reinsercion social aprobado, y reparacion del dano cuando proceda. La revocacion procede por incumplimiento de las condiciones impuestas.
Resumen
<p>La Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado de Jalisco (abrogada), regulaba como beneficios la libertad preparatoria, la suspensión condicional de la pena, la remisión parcial de la pena, la preliberación, la retención y las liberaciones definitivas; sin embargo, no debe aplicarse tratándose de la solicitud del beneficio de libertad condicional previsto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200125|14|6-" >67 del Código Penal</a> para la entidad, en su texto anterior a la reforma publicada en el Periódico Oficial local el 27 de septiembre de 2014, pues éste establece menores requisitos para su goce, que los exigidos para la libertad preparatoria, por lo que no pueden homologarse; ello, en respeto a los derechos fundamentales de irretroactividad y exacta aplicación de la ley penal del peticionario del beneficio, amparados por el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|150-" >14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>.</p><br><p>SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 9 de marzo de 2018
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- José Luis González
- Epoca
- Décima Época