LIBRE ADMINISTRACIÓN DE LA HACIENDA MUNICIPAL. ES CONSTITUCIONAL QUE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS DEMANDEN LA ENTREGA DE LOS RECURSOS PRESUPUESTALES PARA SU ADMINISTRACIÓN DIRECTA (ARTÍCULO 2o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS).
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Resumen
Hechos: En un juicio de derecho indígena, una Agencia Municipal demandó al Municipio al que territorialmente pertenece la entrega de determinados recursos federales del ejercicio fiscal 2022 y subsecuentes, así como su administración directa. La actora obtuvo sentencia favorable para que el Municipio le entregara las partidas presupuestales correspondientes. En el amparo directo promovido por el Municipio demandado, el Tribunal Colegiado de Circuito estimó que la entrega de una parte del presupuesto del Municipio a dicha Agencia, para que lo administre en forma directa, compromete la libre hacienda municipal tutelada por el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Federal . La Agencia Municipal interpuso recurso de revisión y durante su trámite sobrevino el decreto que reformó el artículo 2o. constitucional, en materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2024. Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que no existe invasión a la hacienda municipal cuando alguna comunidad indígena o afromexicana asentada en el territorio en el que ejerce su gobierno algún Ayuntamiento, le demanda la entrega de recursos presupuestales para administrarlos directamente. Justificación: Con la reforma constitucional referida se reconoció a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con capacidad para administrar directamente asignaciones presupuestales. El artículo 2o., apartado B, fracción XV, párrafo segundo, constitucional , establece que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las Legislaturas de las entidades federativas y los Ayuntamientos, en el ámbito de sus competencias, deberán establecer las partidas específicas en los presupuestos de egresos que aprueben, así como las formas y procedimientos, para que los pueblos y las comunidades i...
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aislada
- Numero de resolucion
- 2a. V/2025 (11a.)
- Fecha de resolucion
- 15 de agosto de 2025
Organo emisor
- Tribunal
- Suprema Corte de Justicia de la Nacion
- Sala
- Segunda Sala
- Ponente
- Yasmín Esquivel Mossa
- Epoca
- Undecima Epoca
- Tesis
- 2a. V/2025 (11a.)