Tesis Jurisprudenciales

<p>LICITACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y MEJORA DE ALUMBRADO PÚBLICO MUNICIPAL. NO PROCEDE OTORGAR LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL AL PARTICIPANTE NO FAVORECIDO EN EL PROCEDIMIENTO RELATIVO CUANDO SE SOLICITA PARA EL EFECTO DE QUE NO SE FORMALICE Y EJECUTE EL CONTRATO DE CONCESIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO). </p>

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Resumen

<p>Los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200337|8|3-200337|8|2-200337|8|4-200337|8|5-200337|8|6-200337|8|11-200337|8|7-200337|8|8-200337|8|9-200337|8|10-200337|8|12-200337|8|13-200337|8|14-200337|8|15-" >1o., 37, fracciones V, X y XIII, 38, fracción III, 94, fracción II, 103 a 108 y 110 a 112 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco</a>, regulan los términos y condiciones en que los Ayuntamientos de dicha entidad deben licitar los bienes y servicios municipales (salvo los de seguridad pública y policía preventiva), con sujeción a las reglas y principios prescritos en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|252|1430-" >134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a>, atinentes a la administración de los recursos económicos y la contratación, aplicables para todos los niveles de gobierno. Ahora bien, si una licitación sobre la prestación del servicio de alumbrado público municipal, para modernizar ese servicio y poder brindarlo en mejores condiciones para la colectividad, además de reducir el consumo de energía eléctrica, entonces, conforme a las directrices constitucionales y legales, resulta evidente que la finalidad de esa licitación responde a disposiciones de orden público y al interés social, pues atiende preferentemente la demanda de un servicio de alumbrado público más eficiente en beneficio de la colectividad, en cuanto a su seguridad e imagen urbana, así como el ahorro de energía eléctrica en busca del manejo más adecuado del gasto público municipal y el fortalecimiento de sus finanzas, incluso, con la previsible disminución del consumo de electricidad se evitan mayores emisiones de contaminantes que inciden en el llamado efecto invernadero, propiciando un medio ambiente más óptimo que favorece la salud públic

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Jurisprudenciales
Fecha de resolucion
13 de julio de 2018

Organo emisor

Tribunal
50
Sala
50
Ponente
Enrique Rodríguez Olmedo
Epoca
Décima Época