<p>LITISPENDENCIA EN EL AMPARO CONTRA LEYES. LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS JUICIOS PROMOVIDOS POR EL MISMO QUEJOSO, CONTRA LAS MISMAS AUTORIDADES Y NORMAS GENERALES PERO CON MOTIVO DE ACTOS DE AUTOAPLICACIÓN DISTINTOS, SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ QUE CONOCIÓ DEL PRIMERO.</p>
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Resumen
<p>Para los juicios con identidad de quejosos, autoridades y actos reclamados, la Ley de Amparo dispone en su artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|98-" >49</a> un procedimiento por virtud del cual los asuntos en cuestión deben ser conocidos por un solo Juez de Distrito, quien deberá analizar y valorar con precisión en cuál de los dos expedientes idénticos debe sobreseerse por litispendencia, y a cuál le corresponde superar esta causal para pronunciarse sobre el fondo. En correspondencia, el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|4|122-" >61, fracción X</a>, de la propia ley, establece la causal de improcedencia de los juicios de amparo por litispendencia, la cual se actualiza cuando sean promovidos por el mismo quejoso, contra las mismas autoridades y por las mismas normas generales reclamadas, aunque los actos de aplicación sean distintos, siempre que no se impugnen por vicios propios. Ahora, si conforme a la jurisprudencia <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/171860" class="font-blue" target="_blank" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=10>2a./J. 153/2007</a>, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la autoliquidación de una contribución no tiene el carácter de acto de autoridad, de manera que no puede reclamarse por vicios propios, la litispendencia se configura en amparos contra leyes promovidos con motivo de actos de autoaplicación distintos, por lo que el Juez que conozca del primero, debe proceder conforme a la regla prevista en el artículo 49 referido.</p><br><p>PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DECIMOSEXTO CIRCUITO.</p>
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Jurisprudenciales
- Fecha de resolucion
- 8 de marzo de 2019
Organo emisor
- Tribunal
- 50
- Sala
- 50
- Ponente
- Ariel Alberto Rojas Caballero
- Epoca
- Décima Época