Tesis Aisladas

<p>MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL DE LO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE JALISCO. SU RATIFICACIÓN TÁCITA NO ESTÁ PREVISTA EN LA LEGISLACIÓN ESTATAL.</p>

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Resumen

<p>Conforme a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la ratificación tácita de Magistrados en su cargo constituye la previsión de una regla aplicable a una situación excepcional, derivada del sistema previsto en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|249|1210-" >116 de la Constitución Federal</a> para los Poderes Judiciales de los Estados, figura que opera con base en los siguientes presupuestos: a) que se ejerza el cargo por el término previsto en la Constitución Local respectiva; b) que al término del periodo no se emita dictamen de evaluación, por el órgano u órganos encargados de proponer y aprobar la ratificación; y, c) que concluya en la negativa de ésta. Luego, en cuanto a este presupuesto, pueden presentarse dos situaciones distintas: 1) abstención del encargado de realizar un dictamen de evaluación del desempeño en el cargo de un Magistrado; y, 2) abstención del Congreso Local de decidir sobre la ratificación de aquél en el término previsto en la Constitución Estatal. Así, la figura de la ratificación tácita no se prevé en la legislación del Estado de Jalisco, pues en su Constitución Política no se establece que se tendrán por ratificados a los Magistrados del Tribunal de lo Administrativo del Estado, si el Congreso Local no resuelve en los plazos legales previstos para el procedimiento relativo; tampoco se regula en el artículo <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=50 values="200444|2|16-" >220, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado</a>, sino que se alude a ella más bien en el sentido de imponer al Congreso Estatal la carga de desahogar el procedimiento respectivo dentro de los plazos legales.</p><br><p>QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
13 de enero de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Jorge Humberto Benítez Pimienta
Epoca
Décima Época