Tesis Aisladas

<p>MEDIO AMBIENTE. SU CONCEPCIÓN ES MULTIFACTORIAL Y SU PROTECCIÓN ES INTERDISCIPLINARIA E INTERSECTORIAL.</p>

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El derecho al medio ambiente sano, previsto en el artículo 4° constitucional, ha sido tutelado por la Suprema Corte en numerosas controversias. Los criterios reconocen el derecho colectivo a un entorno ambiental adecuado para el desarrollo y bienestar, el principio precautorio frente a riesgos ambientales graves o irreversibles, y la obligación del Estado de garantizar la conservación de áreas naturales protegidas. La PROFEPA y la SEMARNAT tienen facultades de inspección y sanción ambiental, revisables ante tribunales especializados.

Resumen

<p>El medio ambiente es el conjunto de circunstancias culturales, económicas y sociales en que vive una colectividad en un territorio y tiempo determinados; es decir, se trata de un concepto multifactorial, que responde a la necesidad de determinar cuáles son los elementos que, a partir de su interacción, permiten al ser humano una vida con calidad, lo que hace indispensable tutelar jurídicamente los bienes necesarios para la satisfacción de los requerimientos sociales presentes y futuros. Con base en lo anterior, al medio ambiente debe concebírsele como un bien de naturaleza interdisciplinaria e intangible, que sólo puede apreciarse como un sistema de elementos materiales e inmateriales.</p><br><p>TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
1 de abril de 2016

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Miguel de Jesús Alvarado Esquivel
Epoca
Décima Época