<p>MENOR VÍCTIMA DEL DELITO. ANTE EL CONFLICTO DE INTERESES DE QUIENES EJERCEN LA PATRIA POTESTAD SOBRE ÉSTE, EL JUEZ DE DISTRITO, DE OFICIO, DEBE LLAMARLO A JUICIO Y NOMBRARLE UN REPRESENTANTE ESPECIAL, A EFECTO DE NO INCURRIR EN VIOLACIÓN A LAS NORMAS FUNDAMENTALES QUE RIGEN EL PROCEDIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO, CON INDEPENDENCIA DE QUE LA SENTENCIA QUE DICTE LE BENEFICIE O NO.</p>
7
Resumen
<p>La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su jurisprudencia, ha establecido que si en el juicio de amparo no se emplaza al tercero interesado, deben reponerse los actos procesales para que se realice dicho llamamiento y vuelva a restablecerse el procedimiento, porque ello representa una formalidad fundamental en la tramitación del juicio de amparo. Luego, cuando en un asunto penal la víctima del hecho delictuoso es un menor, en términos de los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100682|3|8-100682|1|26-100682|3|36-100682|3|122-100682|3|250-" >4, 12, fracciones XIV y XV, 17, 60 y 124, fracciones I, II, VII, VIII y IX, de la Ley General de Víctimas</a>, <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100175|1|10-100175|1|12-" >7 y 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos</a>, <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100161|1|12-" >17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos</a> y <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100131|2|4-100131|2|34-" >19 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos</a>, dicha parte procesal debe ser llamada al juicio constitucional para hacer valer sus derechos, con independencia de que la sentencia que se dicte le beneficie o no, al tener derecho a que se le informe sobre la realización de las audiencias donde se vaya a discutir sobre sus derechos y a estar presente en ellas, así como a que se le notifiquen personalmente todos los actos y resoluciones que pongan fin al proceso, de los recursos interpuestos, ya sean ordinarios o extraordinarios, que puedan afectar sus derechos y a impugnar resoluciones, pues si bien es cierto que de acuerdo con la legislación civil, los padres, tutor
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 1 de febrero de 2019
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Selina Haidé Avante Juárez
- Epoca
- Décima Época