<p>MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN. TIENE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN CONTRA EL FALLO DEL JUEZ DE DISTRITO QUE CONCEDIÓ EL AMPARO AL QUEJOSO CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISIÓN [INAPLICABILIDAD DE LA TESIS AISLADA P. XL/2013 (10a.)].</p>
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Resumen
<p>De la interpretación gramatical de los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="130|249|1540-" >107, fracción XV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</a> y <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="100683|3|10-" >5o., fracción IV, de la Ley de Amparo</a>, se advierte que el Ministerio Público de la Federación es parte en todos los juicios de amparo en los que el acto reclamado provenga de procedimientos del orden penal. De igual forma, como parte autónoma en el juicio de amparo, tiene una propia intervención procesal, por lo que le competen todos y cada uno de los actos procesales referibles a la actividad de las partes. Luego, si se pretende que dicha representación social vele eficazmente por los intereses de la sociedad en un juicio de amparo de interés público, es indispensable que su actuación procesal (como parte), no se contraiga a la sola formulación de su pedimento o dictamen en relación con las cuestiones de fondo y suspensional, sino que deben otorgársele todos los derechos que la ley y la jurisprudencia consagran en favor de las demás partes en el juicio constitucional, sobre todo, el de interponer los recursos que procedan, a efecto de que las resoluciones contrarias o desfavorables a sus pretensiones o que de alguna manera afecten los intereses de la sociedad, sean debidamente ponderadas en la alzada y, en su caso, se revoquen. En ese sentido, si el quejoso está legitimado para promover amparo, cuando un acto de autoridad le agravia y, por el mismo principio, la autoridad responsable, como parte, puede recurrir la sentencia cuando afecte el acto que de ella proviene, y el tercero perjudicado, quien también es parte en el juicio, puede hacerlo sólo si se lesionan sus derechos, es claro que el Ministerio Público de la Federación, como parte en el juicio de amparo, t
Datos de la resolucion
- Tipo de resolucion
- Tesis Aisladas
- Fecha de resolucion
- 9 de diciembre de 2016
Organo emisor
- Tribunal
- 7
- Sala
- 7
- Ponente
- Emma Meza Fonseca
- Epoca
- Décima Época