Administrativa Jurisprudencia

MULTAS IMPUESTAS A SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE VERACRUZ. LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES DEL AYUNTAMIENTO CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA IMPUGNARLAS A TRAVÉS DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

Suprema Corte de Justicia de la Nacion

Resumen

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si en términos del artículo 57, fracción VIII , del abrogado Bando de Gobierno del Municipio Libre de Veracruz, la persona titular de la Dirección de Asuntos Legales del Ayuntamiento tiene legitimación para promover juicio contencioso administrativo en representación de los servidores públicos del Ayuntamiento a quienes se les han impuesto multas. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, determina que la persona titular de la Dirección de Asuntos Legales del Ayuntamiento de Veracruz no tiene legitimación para promover juicio contencioso administrativo en representación de los servidores públicos del Ayuntamiento a quienes se les hubieren impuesto multas. Justificación: Conforme al artículo referido, la Dirección de Asuntos Legales tiene facultades para representar o actuar a nombre de las autoridades del Ayuntamiento sólo cuando sean parte en el juicio con motivo del ejercicio de sus facultades, pero no para instar el juicio en representación de un servidor público, pues no puede existir una interpretación más allá de lo previsto por la norma para el actuar de la autoridad. Si bien el artículo 27 del Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave establece que la representación de las autoridades corresponderá a las áreas administrativas encargadas de su defensa jurídica, según lo disponga la normatividad interna del ente público, ello se refiere a la actuación propia de la autoridad en su intervención en el juicio como tal y en ejercicio de las facultades ahí previstas. Así, de esas disposiciones no se advierte la facultad de la Dirección de Asuntos Legales del Ayuntamiento de Veracruz para promover juicio contencioso administrativo en representación de servidores públicos del Ayuntamiento a quienes se les han impuest...

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Jurisprudencia
Numero de resolucion
PR.A.C.CS. J/26 A (11a.)
Fecha de resolucion
27 de junio de 2025

Organo emisor

Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nacion
Sala
Pleno
Ponente
Magistrada Rosa Elena González Tirado
Epoca
Undecima Epoca
Tesis
PR.A.C.CS. J/26 A (11a.)