Tesis Aisladas

<p>NARCÓTICOS. PARA DETERMINAR SU NATURALEZA, ES NECESARIO EL DESAHOGO DE LA PRUEBA PERICIAL QUÍMICA (DICTAMEN), POR LO QUE LA INSPECCIÓN MINISTERIAL PRACTICADA A LA SUSTANCIA ASEGURADA, EL PARTE INFORMATIVO Y LA DECLARACIÓN DEL QUEJOSO SON, POR SÍ SOLOS, INEFICACES PARA IDENTIFICARLOS, AUN DE MANERA CIRCUNSTANCIAL.</p>

7

Resumen

<p>La identificación de un narcótico requiere necesariamente el desahogo de la prueba pericial química, pues conforme a los artículos <a href="javascript:void(0)" class="font-blue" style="text-decoration: underline; font-weight: bold;" type=0 values="644|71|1711-644|71|1732-644|71|1816-644|71|1823-" >220, 223, 234 y 235 del Código Federal de Procedimientos Penales</a>, es la única prueba capaz de determinar su naturaleza, así como su plena identificación, conforme a la Ley General de Salud, ya que sólo mediante la aplicación de los procedimientos y operaciones técnicas de los expertos en dicha materia, y los razonamientos en torno a los resultados obtenidos, se llega al conocimiento de si una sustancia es o no una droga. En ese contexto, la inspección ministerial practicada a la sustancia asegurada, el parte informativo y la declaración del quejoso son, por sí solos, ineficaces para establecer la identificación del narcótico, aun de manera circunstancial pues, por su idoneidad, requiere necesariamente de un dictamen pericial químico.</p><br><p>TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO.</p>

Datos de la resolucion

Tipo de resolucion
Tesis Aisladas
Fecha de resolucion
20 de enero de 2017

Organo emisor

Tribunal
7
Sala
7
Ponente
Rocío Monter Reyes, secretaria de tribunal autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada, con apoyo en el artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales
Epoca
Décima Época